El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que desde el jueves 8 de enero entró en vigencia la prohibición de realizar publicidad estatal en todo el país, luego de oficializarse la convocatoria a las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026), que se desarrollarán el 4 de octubre.
La medida se aplica conforme al Decreto Supremo N.° 001-2026-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, mediante el cual el Poder Ejecutivo convocó a la elección de gobernadores, vicegobernadores, consejeros regionales, alcaldes y regidores.
El Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, aprobado por la Resolución N.° 844-2025-JNE, establece que las entidades públicas solo podrán difundir publicidad estatal en casos de impostergable necesidad o utilidad pública, previa evaluación.
Asimismo, la norma prohíbe que la publicidad incluya colores, símbolos, nombres o referencias a organizaciones políticas, así como la aparición de funcionarios o servidores públicos mediante imagen, voz, nombre o cargo.
Para la difusión por radio o televisión, se deberá contar con autorización previa del Jurado Electoral Especial (JEE) correspondiente. En otros medios, la publicidad será objeto de reporte posterior.
La disposición también crea el Registro Nacional de Infractores de Neutralidad, a cargo del JNE, con el fin de fortalecer la fiscalización durante el proceso electoral.
